¿Matrimonio con separación de bienes en Bolivia?

¿Matrimonio con separación de bienes en Bolivia?

Contamos con un producto de servicios legales que responde a la gran expectativa que se tenía, de que por medio del Nuevo Código de las Familias  se regule un régimen de matrimonio con separación de bienes. Dicho de otra manera, de que los futuros cónyuges antes de casarse puedan determinar que sus patrimonios crezcan separados o juntos durante la vigencia del matrimonio. Sin embargo, el artículo 7 de la Ley 603 establece que las renuncias o modificaciones de las instituciones reguladas en el Código de las Familias son nulas de pleno derecho puesto que las mismas son de orden público y de interés social. En ese entendido, conforme a la Ley boliviana no es posible modificar las normas de orden público por mera voluntad.

Ahora bien, es importante considerar que a partir del matrimonio o la unión libre reconocida, pierden todo valor los razonamientos por los cuales un cónyuge puede pretender arrogarse mayores derechos patrimoniales que el otro.  En muchos casos  el cónyuge que trabaja  o aporta el negocio o la fuente de ingresos a la familia antes del matrimonio, piensa que tiene mayores derechos patrimoniales.  Lo cual queda desvirtuado con la propia ley pues después del matrimonio ambos cónyuges tienen igualdad de derechos sobre los bienes gananciales acumulados sin importar quién es el que los ha producido. Al respecto el artículo 176 del mismo cuerpo legal establece que la comunidad de bienes gananciales se constituye aunque uno de ellos no tenga bienes o los tenga más que la o el otro. En ese entendido, la comunidad de bienes gananciales se la constituye de manera independiente a la situación económica de uno u otro cónyuge.

Ahora bien, las normas que regulan la institución de la comunidad de bienes gananciales son de orden público, esto con el objetivo de precautelar que cuando se disuelva el vínculo conyugal, los bienes gananciales se deben dividir en partes iguales.  No solo las ganancias o activos, sino también las pérdidas o pasivos, pues la ley claramente establece  beneficios u obligaciones contraídos durante la vigencia del matrimonio.

¿ESTÁ PROHIBIDO EL MATRIMONIO CON SEPARACIÓN DE BIENES EN BOLIVIA?

El matrimonio con separación de bienes como se lo conoce en otros países no está permitido en Bolivia. Puesto que la Ley boliviana ha optado por un sistema matrimonial legal y no contractual. En otras palabras, en Bolivia no se materializa un matrimonio con convenio previo sobre bienes puesto que el mismo sería nulo de pleno derecho. Al respecto el artículo 177 del de la Ley 603 establece que:

La comunidad de gananciales se regula por la Ley, no pudiendo renunciarse ni modificarse por convenios particulares bajo pena de nulidad de pleno derecho.

Del análisis de esta norma, se tiene que no es posible renunciar o modificar por medio de un convenio previo al matrimonio la futura comunidad de bienes gananciales. Esto significa que cualquier documento que establezca de manera directa o indirecta la renuncia o la alteración y/o modificación de la comunidad de bienes gananciales durante la vigencia del matrimonio es nula de pleno derecho. Dicho de otra manera, los matrimonios con separación de bienes, tal cual se los conoce en otras legislaciones extranjeras no son posibles en Bolivia.

El matrimonio con separación de bienes como se lo conoce en otros países no está permitido en Bolivia. Puesto que la Ley boliviana ha optado por un sistema matrimonial legal y no contractual. En otras palabras, en Bolivia no se materializa un matrimonio con convenio previo sobre bienes puesto que el mismo sería nulo de pleno derecho. Al respecto el artículo 177 del de la Ley 603 establece que:

La comunidad de gananciales se regula por la Ley, no pudiendo renunciarse ni modificarse por convenios particulares bajo pena de nulidad de pleno derecho.

Del análisis de esta norma, se tiene que no es posible renunciar o modificar por medio de un convenio previo al matrimonio la futura comunidad de bienes gananciales. Esto significa que cualquier documento que establezca de manera directa o indirecta la renuncia o la alteración y/o modificación de la comunidad de bienes gananciales durante la vigencia del matrimonio es nula de pleno derecho. Dicho de otra manera, los matrimonios con separación de bienes, tal cual se los conoce en otras legislaciones extranjeras no son posibles en Bolivia.

LA PROTECCIÓN DE BIENES ANTES DEL MATRIMONIO

Debido a las constantes solicitudes de nuestros clientes, hemos desarrollado una forma legal y ética de protección de patrimonio antes de casarse que no es, ni guarda relación con el matrimonio con separación de bienes y que además de ninguna manera afecta la conformación normal y natural de bienes gananciales. Sin embargo,  el objetivo de nuestro servicio tiene como finalidad proteger los bienes e ingresos logrados antes del matrimonio.

Esta técnica preventiva de protección de activos se la realiza cumpliendo estrictamente la ley boliviana. La finalidad de este servicio es evitar que un futuro divorcio arrase con los ingresos y bienes que se los ha obtenido con anterioridad. Es por ello que hemos creado este producto de consultoría de bienes que tiene por finalidad proteger anticipadamente los bienes que pueden llegar a ser sujeto de confusiones más adelante.

Es muy probable que al leer la presentación de nuestro servicio usted tenga muchas dudas, por ello le ofrecemos nuestra ayuda profesional. Contáctenos y con gusto le colaboraremos.