La diferencia entre guarda y patria potestad de los hijos, radica en que la patria potestad siempre será compartida por los padres, en cambio la guarda de los hijos corresponderá en la mayoría de los casos a uno de los progenitores. Para entender de una mejor manera esta diferenciación, es necesario conceptualizar ambos elementos de la siguiente manera:
- Por guarda entendemos a la convivencia que tiene uno de los progenitores con sus hijos, llegando el mismo a ser el encargado de su crianza y cuidado cotidiano.
- La patria potestad, sería el derecho y deber que tienen ambos padres en relación a los hijos, para decidir en relación a temas que conciernen el desarrollo integral de los hijos, ya sea salud, educación, alimentación, entre otros.
En este sentido, es importante mencionar que si bien la guarda de los hijos en la mayoría de los casos corresponderá a uno de los progenitores, el progenitor que no tenga la guarda de los mismos, no podrá quedar excluido sobre las decisiones que se tome en relación al desarrollo y situación de sus hijos. Por lo que él mismo, tendría la facultad de decidir junto al otro cónyuge.