
¿Qué es un acuerdo de asistencia familiar?
Requisitos del Acuerdo de Asistencia Familiar
El proceso de homologación del acuerdo de Asistencia Familiar se agiliza considerablemente al presentar un acuerdo ante la autoridad judicial, ya sea en uno de los siguientes casos:
- Como un documento público emitido por un notario de fe pública.
- Como un documento privado con reconocimiento de firmas y rubricas certificadas por un notario de fe pública.
- Como un acuerdo suscrito ante un Conciliador Judicial, ya sea dependiente de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia o del Ministerio de Justicia
En caso de contar únicamente con un acuerdo contenido en un documento privado, también es posible homologarlo ante la Autoridad Judicial. Sin embargo, este proceso se realiza a través de un procedimiento extraordinario que puede extender un poco más la resolución del caso.
¿Desde cuándo corre la Asistencia Familiar?
Para ilustrar cómo se aplica el acuerdo de asistencia familiar en situaciones reales, consideremos el caso de Juan y María. Después de que María insistiera, Juan firma un acuerdo de asistencia familiar para su hijo recién nacido en la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de su municipio. Pese a su compromiso inicial, Juan decide incumplirlo unilateralmente. Dos años después, ante un accidente sufrido por su hijo, María inicia el proceso de Asistencia Familiar. En este punto, el juez, al homologar el Acuerdo, da prioridad a la fecha de firma del mismo, en vez de la fecha de citación con la demanda, buscando proteger el interés superior del niño.